El contrato laboral es de suma importancia en la actualidad para que los empleadores tengan claro las modalidades que más le favorezcan al momento de contratar a sus trabajadores.
Aquí les mostramos las características de cada uno de ellos:
CONTRATO LABORAL A TÉRMINO FIJO: Esta modalidad de contrato no puede ser mayor a tres años y será renovable indefinidamente.
- En términos inferiores a un año se podrá renovar máximo 3 periodos iguales.
- En la cuarta prórroga pasa a ser un contrato de trabajo anual
- Debe ser por escrito
CONTRATO LABORAL INDEFINIDO:
- Puede ser verbal o escrito
CONTRATO LABORAL OBRA O LABOR:
- Debe ser por escrito
- Debe contener expresamente la labor determinada
- Se da por terminado cuando termine la obra o labor contratada
CONTRATO LABORAL OCASIONAL O TRANSITORIO:
- Debe ser por escrito
- No puede ser mayor a un mes
- La labor contratada debe ser diferente a la razón social de la empresa
CONTRATO LABORAL DE APRENDIZAJE:
- Este tipo de contratos los deben tener las empresas con más de 15 empleados
- Tiene un plazo no mayor a dos (2) años
Brindamos respaldo jurídico y tributario para vencer los retos que enfrentan los empresarios durante estos tiempos de crisis.
Nuestros profesionales son Abogados y Contadores con amplia experiencia en la industria y negocios de distintos y variados sectores, nos aseguramos que los objetivos de nuestros clientes son correctamente entendidos, impulsados y específicamente cumplidos.
