El contrato laboral  es de suma importancia en la actualidad para que los empleadores tengan claro las modalidades que más le favorezcan al momento de contratar a sus trabajadores.

Aquí les mostramos las características de cada uno de ellos:

CONTRATO LABORAL A TÉRMINO FIJO: Esta modalidad de contrato no puede ser mayor a tres años y será renovable indefinidamente.

  • En términos inferiores a un año se podrá renovar máximo 3 periodos iguales.
  • En la cuarta prórroga pasa a ser un contrato de trabajo anual
  • Debe ser por escrito

CONTRATO LABORAL INDEFINIDO:

  • Puede ser verbal o escrito

CONTRATO LABORAL OBRA O LABOR:

  • Debe ser por escrito
  • Debe contener expresamente la labor determinada
  • Se da por terminado cuando termine la obra o labor contratada

CONTRATO LABORAL OCASIONAL O TRANSITORIO:

  • Debe ser por escrito
  • No puede ser mayor a un mes
  • La labor contratada debe ser diferente a la razón social de la empresa

CONTRATO LABORAL DE APRENDIZAJE:

  • Este tipo de contratos los deben tener las empresas con más de 15 empleados
  • Tiene un plazo no mayor a dos (2) años

Brindamos respaldo jurídico y tributario para vencer los retos  que enfrentan los empresarios durante estos tiempos de crisis.

Nuestros profesionales son Abogados y Contadores con amplia experiencia en la industria y negocios de distintos y variados sectores, nos aseguramos que los objetivos de nuestros clientes son correctamente entendidos, impulsados y específicamente cumplidos.