Con la entrada en vigencia de la nueva reforma laboral se deben aplicar diferentes cambios, unos de manera inmediata y otros de manera paulatina.

1. Contratos laborales: El Contrato a términos indefinido deberá ser la regla general.

  • Los contratos a término fijo se limitan a máximo 4 años, después de 4 años se presumirán a término fijo.
  • Contrato de prestación de servicios / Freelances: Se debe tener una especial atención a estos contratos ya que solo se permitirán si existe una verdadera autonomía e independencia en el objeto del contrato. Si se logra demostrar una subordinación se puede convertir en un contrato a término indefinido.

2. Jornada laboral y recargos: a partir del 15 de junio de 2025 los cambios serán progresivos:

Dominicales y festivos: Estos tendrán un aumento de manera gradual:
 80% desde el 01 de julio de 2025
 90% desde el 01 de julio de 2026
 100% desde el 01 de julio 2027


La jornada quedará de la siguiente manera a partir del 25 de diciembre de 2025:
 Jornada diurna: 6am a 7pm
 Jornada Nocturna: 7pm a 6am

3. Aprendices SENA: Este tipo de vinculación se convierte en un CONTRATO LABORAL ESPECIAL, y se debe hacer afiliación completa al Sistema de Seguridad Social:

  • Salario en etapa lectiva: 75% de un salario mínimo legal vigente
  • Salario en etapa práctica: 100% del salario mínimo legal vigente

4. Licencias y Permisos remunerados: Se incluyeron nuevas licencias y permisos remunerados, las cuales serán:

  • Citas médicas propias o de hijos menores de edad
  • Para trámites escolares o audiencias judiciales
  • Un Día libre remunerado cada seis (6) meses para aquellos trabajadores que se transporten habitualmente en bicicleta.

5. Las empresas tendrán incentivos económicos por la creación de empleos para personas en estado de vulnerabilidad, es decir, mujeres, jóvenes entre los 18 y 24 años o mayores de 50 años. Las empresas tendrán un incentivo de hasta el 25% del SMLV.