A partir del 15 de julio de 2023, se empezará la aplicación de lo establecido en la Ley 2101 de 2021, en el que se establece la reducción gradual de la jornada laboral de 48 a 42 horas semanales durante los próximos dos (2) años.

La reducción se deberá ver reflejada de la siguiente manera:

Es de aclarar que la reducción de la jornada laboral se puede implementar de forma gradual (cuadro anterior), o hacer la aplicación de forma anticipada (Articulo 3 Ley 2101/2021). Lo importante es que, apartir del 15 de julio de 2023 se aplique la reducción de la jornada laboral y que a más tardar el 15 de julio de 2026, ya todos los trabajadores tengan una jornada laboral ordinaria no mayor a 42 horas.

La Ley 2101/2021, aclara en su Artículo 4, que se debe respetar todos los derechos ya adquiridos del trabajador como lo son: Salario, Prestaciones, etc.

Los días de trabajo podrán ser acordadas entre el empleador y el trabajador, es decir la jornada laboral se podrá cumplir en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre un día de descanso.

Es de resaltar que una vez se finalice la reducción de la jornada laboral (42) horas, el empleador quedara exonerado de dar aplicación al Parágrafo del Artículo 3 de la Ley 1857/2017, es decir, de otorgar a sus trabajadores un (1) día al semestre el día de la familia. Sin embargo, mientras se llega a las 42 horas semanales, el día de la familia se puede disminuir de manera proporcional de común acuerdo entre las partes.

Reducción de la jornada laboral

NOTIFICACIÓN A EMPLEADOS DE LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL

Bogotá, ___ de ____ de 2023

Señor(a):

XXXXXXXXXXXXX

Cargo

NOMBRE DE LA EMPRESA

Asunto: Notificación Reducción Jornada Laboral

Teniendo en cuenta la expedición de la Ley 2101 de 2021, que ha establecido una reducción en la jornada laboral semanal a partir del 15 de julio de 2023 y de manera gradual, llegando a las 42 horas semanales al año 2026, la empresa ha establecido lo siguiente:

(Establecer la nueva jornada laboral, bien sea realizado la reducción de la primera hora correspondiente al 2023, de manera parcial (mas de 2 horas) o de manera total.)

Lo anterior cobrara vigencia apartir del 15 de julio de 2023.

Cordialmente,

XXXXXXXXXXXXXXX

Cargo